Oviedo, enero de 1996.
PROFESORA:
Lic. LEONOR JARAMILLO
INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIORES EN EDUCACIÓN
UNIDAD DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
1. INTRODUCCIÓN
La función educativa, en cuanto se centra
en facilitar el crecimiento de los educandos en todos los aspectos formativos,
como individuos y como seres sociales, conforma una de las profesiones más
significativas y valiosas en la sociedad.
Los profesionales de la educación,
docentes y pedagogos en general, precisan de una formación específica, de un
ámbito sociológico de actuación, en el que los problemas de aprendizaje son su
núcleo, de una autonomía y libertad de acción y, como consecuencia de los
anteriores distintivos profesionales, en especial de la libertad de acción,
necesitan de un compromiso con el bien, es decir, de un CÓDIGO DEONTOLÓGICO
asumido, explícito y publicado.
La profesión educativa es compleja,
difícilmente delimitable y plantea tantos interrogantes que sería imposible su
regulación racional por meros principios jurídicos, dado que lo ético y lo
jurídico, "sensu estricto", no son plenamente coincidentes. Por otra
parte, los principios éticos necesariamente presentes en el ejercicio
profesional tienen una indudable orientación teleológica, conformando actitudes
y valores e incidiendo, por tanto, en la necesidad de una autorregulación ética
por medio de un CÓDIGO DEONTOLÓGICO libremente aceptado.
Supuesto que los profesionales de la
educación son ciudadanos en plenitud de sus derechos y que las funciones que se
les confía son de extraordinario valor para la colectividad y, como
consecuencia, su tratamiento social y económico debe ser coherente con lo que
se les confía y exige, se espera de ellos que, en el desempeño de sus
funciones, como rasgo distintivo, no prime el ánimo de lucro, sino una
orientación básica encaminada al bien común.
El educador, docente y pedagogo en general,
tiene que ser consciente del valor y la dignidad que tiene todo ser humano,
persiguiendo como objetivos en su ejercicio profesional:
ORGANIZACIÓN DEL CENTRO ESCOLAR
a) La permanente búsqueda de lo verdadero
y válido para el hombre.
b) La permanente preocupación por su
perfeccionamiento profesional.
c) La continúa promoción de los principios
democráticos a partir de una buena convivencia y como base para ella.
Para conseguir estos objetivos es
fundamental garantizar:
a) La libertad de aprender.
b) La libertad de enseñar.
c) La igualdad de oportunidades
educativas para todos.
El incentivo más importante que tiene el
educador para realizar su trabajo y para que el proceso educativo sea eficaz,
reside en su compromiso deontológico que habrá que dar forma a su acción
educativa en todos aquellos ámbitos donde actúe:
a) Ámbito de relación con el alumnado y
educados en general.
b) Ámbito de relación con los padres y
tutores.
c) Ámbito de la profesión.
d) Ámbito de relación con otros
educadores.
e) Ámbito de la institución.
f) Ámbito social.
El punto principal de referencia, base de
la deontología de educadores y pedagogos, es el alumno, o educando en general,
en sus aspectos de aprendizaje y formación integral como persona.
Se entiende que los principios
deontológicos que se proclaman en este documento afectan a todos los profesionales
de la educación, entendiendo como tales los Doctores, Licenciados, Diplomados
Universitarios y otros titulados facultados por las leyes para ejercer la
profesión, que desarrollan sus actividades en ámbitos relacionados con la educación
formal o no formal, tanto en los aspectos reglados como en los no reglados, que
abarcan desde las tareas docentes hasta aquellas relativas a la inspección,
investigación, dirección, planificación, seguimiento, evaluación, tutoría,
orientación, apoyo psicopedagógico, asesoramiento técnico, es decir, todas
aquellas que contribuyan a asegurar la calidad de los procesos educativos.
CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LOS PROFESIONALES DE
LA EDUCACIÓN
2. DEBERES DEL EDUCADOR HACIA LOS
EDUCANDOS
2.1. Procurar la autoformación y puesta
al día en el dominio de las técnicas educativas, en la actualización científica
y en general en el conocimiento de las técnicas profesionales.
2.2. Establecer con los alumnos una
relación de confianza comprensiva y exigente que fomente la autoestima y el
desarrollo integral de la persona, así como el respeto a los demás.
2.3. Promover la educación y formación
integral de los educandos sin dejarse nunca inducir por intereses ajenos a la
propia educación y formación, sean del tipo que sean.
2.4. Trabajar para que todos lleguen a
tener una formación que les permita integrarse positivamente en la sociedad en
la que han de vivir.
2.5. Tratar a todos con total
ecuanimidad, sin aceptar ni permitir prácticas discriminatorias por motivos de sexo,
raza, religión, opiniones políticas, origen social, condiciones económicas,
nivel intelectual, etc.
2.6. Aportar los elementos necesarios
para que los educando conozcan críticamente su propia identidad cultural y
respeten la de los demás.
2.7. No adoctrinar ideológicamente y
respetar en todo momento la dignidad del educando.
2.8. Guardar el secreto profesional, no
haciendo uso indebido de los datos que se dispongan sobre el alumno y su
familia.
2.9. Poner a disposición de los alumnos
todos sus conocimientos con ilusión y fomentar el máximo interés hacia el
conocimiento y conservación de todo aquello que constituye el Patrimonio de la Humanidad.
2.10. Favorecer la convivencia en los
centros educativos, fomentando los cauces apropiados para resolver los
conflictos que puedan surgir y evitando todo tipo de manifestación de violencia
física o psíquica.
3. DEBERES DEL EDUCADOR HACIA LOS PADRES
Y TUTORES
3.1. Respetar los derechos de las
familias en la educación de sus hijos en lo que afecta a las cuestiones relativas
a los valores y a las finalidades de la educación para poder incorporarlas a
los proyectos educativos.
3.2. Asumir la propia responsabilidad en
aquellas materias que son de la estricta competencia profesional de los
educadores.
3.3. Evitar confrontaciones y actitudes
negativas, siendo respetuoso con el pluralismo presente en los centros y en la
sociedad.
3.4. Favorecer la cooperación entre las
familias y el profesorado, compartiendo la responsabilidad de la educación y
estableciendo una relación que garantice el buen funcionamiento del centro y
propicie la participación de los padres y madres.
3.5. Tener informados a los padres del
proceso educativo de sus hijos, responder profesionalmente a sus demandas y,
habiendo escuchado sus puntos de vista, darles las orientaciones que les
permitan contribuir adecuadamente a la educación de sus hijos.
3.6. Analizar con los padres el progreso
de los alumnos respecto al desarrollo de su personalidad y consecución de las
finalidades y objetivos que se persiguen en cada una de las etapas, al mismo
tiempo que colaborar en hacer más efectiva la educación para aquellos alumnos
con necesidades educativas especiales.
3.7. Respetar la confianza que los padres
depositan en los docentes cuando hacen confidencias sobre circunstancias
familiares o personales que afectan a los alumnos y mantener siempre una
discreción total sobre estas informaciones.
4. DEBERES DEL EDUCADOR CON RESPECTO A LA
PROFESIÓN
4.1. Dedicarse al trabajo docente con plena
conciencia del servicio que se presta a la sociedad.
4.2. Promover su desarrollo profesional
con actividades de formación permanente y de innovación e investigación
educativa, teniendo en cuenta que esta cuestión constituye un deber y un
derecho del educador. No sólo en su actividad individual sino también en su
proyección hacia los demás formando claustro o equipo.
4.3. Contribuir a la dignificación social
de la profesión docente y asumir de forma correcta las responsabilidades y
competencias propias de la profesión.
4.4. Defender y hacer respetar los
derechos inherentes a la profesión educativa (consideración social, económica,
etc.)
4.5. Contribuir, en la medida de las
propias posibilidades, a una práctica solidaria de la profesión.
4.6. Esforzarse por adquirir y potenciar
las cualidades que configuran el carácter propio y que son necesarias para el
mejor cumplimiento de los deberes profesionales: autocontrol, paciencia,
interés, curiosidad intelectual, etc.
4.7. Mantener un dominio permanente de
los principios básicos de su materia o área esforzándose por incorporar a su
didáctica los avances científicos, pedagógicos y didácticos oportunos.
4.8. Mantener una actitud crítica y reflexiva
permanente hacia la propia actuación profesional, para garantizar un constante
perfeccionamiento en todas sus actividades profesionales.
5. DEBERES DEL EDUCADOR HACIA LOS OTROS
EDUCADORES
5.1. Crear un clima de confianza que
potencie un buen trabajo en equipo y contribuir al buen funcionamiento de los
órganos de participación, de coordinación y de dirección con objeto de
garantizar una elevada calidad de enseñanza.
5.2. Respetar el ejercicio profesional de
los demás educadores sin interferir en su trabajo ni en su relación con los
alumnos, padres y tutores.
5.3. No hacer comentarios peyorativos
sobre otros profesionales. En el caso de observarse ineptitudes, carencias o
abusos en el ejercicio de la profesión, se usarán responsablemente vías
adecuadas para su información y, en su caso, corrección.
5.4. Evitar obtener indebidamente
ventajas sobre los compañeros de profesión.
5.5. Considerar que tiene la condición de
secreto profesional toda aquella información sobre los compañeros de trabajo
que se haya adquirido en el ejercicio de cargos de responsabilidad directa, administrativa
o profesional.
6. DEBERES DEL EDUCADOR HACIA LA
INSTITUCIÓN ESCOLAR
6.1. Respetar y asumir el proyecto
educativo del centro, como un deber inherente al desempeño de la función docente
dentro de los límites del precepto constitucional de la libertad de cátedra.
6.2. Participar en la elaboración y
realización de mejoras en la calidad de la enseñanza, en la investigación
pedagógica y en el desarrollo y divulgación de métodos y técnicas para el
ejercicio más adecuado de nuestra actividad educativa, con objeto de conseguir
los más elevados niveles de eficiencia.
6.3. Respetar la autoridad de los órganos
de gobierno del centro y colaborar al buen funcionamiento de los equipos
pedagógicos, de la acción tutorial y de la acción orientadora.
6.4. Participar en los órganos de
gobierno del centro cuando así sea requerido.
6.5. Promover actividades extraescolares,
preparándolas y realizándolas con plena responsabilidad, y siempre con las
debidas garantías jurídico administrativas.
6.6. Cooperar con las instituciones y
asociaciones educativas dentro del amplio marco social de la educación.
6.7. Participar activamente en las
consultas que sobre temas de política educativa, organización escolar, o
cualquier aspecto educativo promuevan las administraciones correspondientes.
7. DEBERES DEL EDUCADOR HACIA LA SOCIEDAD
7.1. Educar para una convivencia
fundamentada en la igualdad de derechos y en la práctica de la justicia, de la
tolerancia, del ejercicio de la liberad, de la paz y del respeto a la naturaleza.
Para ello el educador colaborará para que estos valores se incluyan en los
Proyectos Educativos de los Centros.
7.2. Tener en la forma de actuar un
estilo de vida democrático, asumiendo y promocionando los valores que afectan a
la convivencia en sociedad: libertad, justicia, igualdad, pluralismo,
tolerancia, comprensión, cooperación, respeto, sentido crítico, etc.
7.3. Fomentar la creatividad, la
iniciativa, la reflexión, la coherencia, la sensibilidad, la autonomía y la exigencia
personal en los alumnos y en el propio trabajo profesional.
7.4. Fomentar el correcto conocimiento y
uso social de las lenguas y realizar un trabajo educativo que resalte los
valores socioculturales de toda España y de cada una de las Autonomías que la
constituyen.
7.5. Procurar que el alumnado aprecie el
valor del trabajo de todas las personas y contribuir mediante la orientación
adecuada a lograr que cada alumno, conociendo y valorando las realidades del
estudio y del trabajo, así como sus propias posibilidades, tome decisiones
responsables ante sus opciones escolares y profesionales.
7.6. Colaborar de una manera efectiva en
la dinamización de la vida sociocultural de su entorno, fomentando el
conocimiento y la valoración de todos los aspectos sociales y culturales que
puedan contribuir a la formación integral del alumno o educando en general.
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